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Fecha seleccionada = 01/10/2024

INFORMATIVO DIGITAL


Un funcionario logra una indemnización de 150.000 euros por sobrecarga de trabajo continuada

La sentencia indica que el empleado, abogado del consistorio, asumió desde 2014 las tareas que debían realizar tres personas, sin que la Administración, advertida de la situación, lo solucionara

“Si ya estaba yo, y yo lo hacía todo, ¿para qué iban a contratar a nadie más?” Esta es la pregunta que se hace con una mezcla de indignación y tristeza H.T.M, un funcionario del Ayuntamiento de León. A sus 66 años y a punto de retirarse, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de León le acaba de reconocer una indemnización de 150.000 euros por daños y perjuicios debido a la sobrecarga de trabajo continuada a la que se ha visto sometido durante años, al ocuparse él solo del trabajo de hasta tres personas.

La situación de “carga de trabajo inasumible” que describe la sentencia judicial para este funcionario, abogado de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de León con 43 años de servicio a sus espaldas, comenzó en 2014. Por aquel entonces, el consistorio tenía tres plazas de letrados en su departamento de servicios jurídicos y H. T. M. ocupaba una de ellas. Aquel año uno de sus compañeros abogados tuvo una baja por incapacidad temporal que luego se transformó en permanente y finalmente falleció.
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La recaudación del impuesto de grandes fortunas se hunde un 95% tras la reactivación autonómica de patrimonio

El tributo estatal, puesto en marcha por Hacienda para contrarrestar las bonificaciones territoriales, ingresa solo 38 millones en 2023

El impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, implementado por el Gobierno de Pedro Sánchez en 2023 para contrarrestar las bonificaciones autonómicas en el de patrimonio, ha visto cómo su recaudación se desplomaba un 95% en 2024, pasando de los 619 millones de euros ingresados en el ejercicio anterior a tan solo 38 millones. Así lo refleja el informe de recaudación de la Agencia Tributaria correspondiente al mes de agosto, publicado este lunes, que incluye estos datos debido a que el tributo en cuestión se liquida en julio. Para entender el porqué de esta drástica caída hay que mirar hacia comunidades como Madrid y Andalucía, que han anulado los descuentos que tenían en el gravamen original para quedarse con unos ingresos que, de lo contrario, habrían ido a parar al Estado.
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Las pensiones de los nuevos jubilados alcanzan los 1.726 euros y crecen el triple que los sueldos

Las nóminas de las altas del régimen general crecen un 11,6%, en el mayor avance registrado en los últimos quince años

El cisma contributivo del sistema público de pensiones, por el que las cotizaciones que aportan cada mes empresas y trabajadores están lejos de cubrir el coste de las prestaciones de jubilación -y demás pagas de carácter contributivo-, no tiene visos de resolverse en el corto plazo a pesar del andamiaje previsto en la reforma aprobada por el Gobierno entre los años 2021 y 2023 para reforzar los ingresos de la Seguridad Social -y que ha sido completada en su totalidad con la reciente paquete de medidas acordado para incentivar el alargue de la vida laboral con incentivos para la demora del retiro y la mejora de los supuestos que permiten combinar la pensión con la percepción de un salario-.

Tal y como revela un estudio del 'think tank' Fedea, este agujero que no logran cubrir las cotizaciones sociales ronda el 30% del gasto total que asume anualmente el Estado en prestaciones. que no dejan de ser obligaciones reconocidas por las contribuciones de los trabajadores. De momento es el Estado el que asiste al sistema con una transferencia anual que para este año está cifrada en 43.643 millones de euros. Pero el distinto ritmo de crecimiento de las cuantías de las pensiones y los salarios de los trabajadores, que son los que con sus cotizaciones soportan el coste de las prestaciones, como determina la naturaleza del sistema de reparto, no hace vislumbrar un alivio a corto plazo.
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Condenado un empresario agrícola por tener a jornaleros sin estar dados de alta

La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a un empresario autónomo agrícola a ocho meses de prisión y otros ocho de multa con una cuota diaria de 8 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores al tener empleados a jornaleros sin estar dados de alta en la Seguridad Social.

Además, el tribunal absuelve a otro hombre que servía de intérprete, ambos de origen rumano.

La sentencia relata que el acusado era empresario autónomo de servicios agrícolas a terceros. El 5 de agosto de 2021 firmó con un agricultor propietario de varias explotaciones un contrato para la recogida de patatas en una finca de Muriel de Zapardiel (Valladolid), acordando que enviaría para ello a sus trabajadores, a los que daría de baja de la Seguridad Social al finalizar este trabajo. Dado que el procesado, de origen rumano, no hablaba correctamente el español y carecía de permiso de conducir, para las negociaciones y la dirección de los jornaleros se servía de Alberto, quien anteriormente ya había trabajado con el agricultor.
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Las empresas no pueden quitar el plus de puntualidad a los empleados que estén de baja

El TSJC sentencia en contra de la patronal del transporte sanitario y considera que las cláusulas que excluyen de este tipo de complemento a empleados enfermos, habituales en otros muchos sectores, son discriminatorias

Estar enfermo no es un motivo lícito para que la empresa le descuente a su empleado el complemento de asistencia o de puntualidad. Así lo ha estimado el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), en una reciente sentencia a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO. En la misma, los magistrados consideran que las compañías que así lo hagan incurren en una práctica ilegal que supone una discriminación directa por motivos de salud. Es decir, las incapacidades temporales no computan a efectos de absentismo a la hora de calcular pluses.

El caso que ha motivado la sentencia se remite a una demanda del personal de técnicos de ambulancias, que a través de los sindicatos SITAC y ASA-C y asesorados por el bufete de abogados Col·lectiu Ronda, impugnaron una cláusula del convenio colectivo del sector. Entre las empresas de transporte sanitario está instaurada y regulada una práctica para incentivar a los empleados a que sean puntuales y se presenten en su puesto de trabajo todos los días. Si cumplen ambas condiciones, ser puntuales y no ausentarse ningún día de su puesto, cobran 61,57 euros al mes por cada una.
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La justicia condena a Mercadona por utilizar un contrato temporal fraudulento y poco preciso para cubrir la campaña de verano

Los magistrados critican que la cadena alimentaria no detallase con claridad qué servicio o demanda se debía cubrir ni cuándo empezaba la citada campaña

La Sala de lo Social del Tribunal Superior Justicia de Asturias, en sentencia de 9 de julio, ha resuelto un conflicto laboral en el ha insistido que, si es necesario contratar a personal para cubrir la temporada de turismo, la empresa no puede tirar de contratos temporales si estos se repiten todos los años.

En sentencia 1155/2024, donde resuelve el conflicto laboral entre un trabajador y la cadena de supermercados Mercadona, el tribunal asturiano responde que, aunque en el Convenio aplicable se identifiquen como trabajos con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa "las campañas turísticas", esta previsión no exime a la empresa de tener que cumplir con las previsiones que el art. 2 del Real Decreto 2720/1998.
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La adaptación del puesto para una trabajadora embarazada no puede implicar una merma de salario

Lo que debe garantizarse es que, durante el embarazo y la maternidad, la trabajadora continúe percibiendo sus retribuciones integras, ni más ni menos, subraya la Sala

La adaptación del puesto de una trabajadora embarazada no puede implicar una merma de salario. Es lo que ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en una setnencia de 27 de junio, en una sentencia donde da la razón a la empleada, al considerar que existe una discriminación por razón de sexo.

En su resolución, la Sala reconoce que la adaptación del puesto de trabajo por el embarazo de la trabajadora ha supuesto una reducción salarial, colocándola en un nivel de tratamiento retributivo inferior incluso a la situación de no prestación de servicios, y con ello se vulnera el derecho de igualdad de la trabajadora por el que se debe reconocer una indemnización por daños morales y daños materiales, la cuantía de la indemnización debe calcularse por la diferencia entre lo percibido y lo que le hubiera correspondido, pero sin que en el caso, se genere el derecho a una indemnización adicional.
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DISPOSICIONES DE LOS BB.OO.


BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (BOE)
 
Aplicación provisional del Canje de Notas por el que se enmienda el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República del Ecuador sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 28 de agosto y 10 de septiembre de 2024. (Publicado el día 1/10/2024)
Situación web: Legislación Estatal/Tráfico/Acuerdos internacionales
 
DIARIO OFICIAL DE GALICIA (DOG)
 
ORDEN de 17 de septiembre de 2024 por la que se establecen los domingos y festivos en que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales durante el año 2025. (Publicado el día 30/9/2024)
Situación web: Legislación Autonómica/Galicia/Laboral y SS/Calendario
 
BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN (BOCYL)
 
EXTRACTO de la Resolución de 24 de septiembre de 2024, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones dirigidas al fomento de los contratos de formación en alternancia en Castilla y León, para el año 2024. (Publicado el día 30/9/2024)
Situación web: Legislación Autonómica/Castilla y León/Ayudas y subvenciones
 
 
EXTRACTO de la Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Presidenta del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones del Programa de formación de trabajadores ocupados en empresas que desarrollen proyectos o actividades con efecto incentivador (FORTRA) para el período 2024-2025. (Publicado el día 30/9/2024)
Situación web: Legislación Autonómica/Castilla y León/Ayudas y subvenciones
 
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ALBACETE (BOP)
 
Convenio Colectivo con código 02100135012016, de Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Albacete, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2026. (Publicado el día 30/9/2024)
 
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA (BOP)
 
Industrias de Tintorería, Limpieza de Ropa, Lavandería, Autoservicio, Obradores de Planchado a Mano y a Máquina, así como los Establecimientos de Entrega de Ropa. Código: 29001395011981. (Publicado el día 27/9/2024)