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Fecha seleccionada = 17/09/2025

INFORMATIVO DIGITAL


Las empresas deberán etiquetar los contenidos generados por IA a partir de agosto de 2026

El Reglamento Europeo de IA obliga a avisar en textos, imágenes, vídeos o audios creados artificialmente. Medios, entretenimiento y marketing entre los sectores más expuestos

La cuenta atrás ha comenzado. A partir del 2 de agosto de 2026, en virtud del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial (RIA), la Unión Europea exigirá que todo contenido generado con inteligencia artificial esté marcado de forma explícita. Textos, audios, imágenes y vídeos deberán llevar una advertencia clara y visible — un aviso en pantalla, una marca de agua o una nota al inicio—, además de un marcado técnico que permita a las máquinas detectar su origen artificial.
Para cumplir con esta obligación, tal y como explica Andy Ramos, socio de propiedad intelectual, industrial y tecnología de Pérez-Llorca, el RIA establece un “doble etiquetado: uno legible por máquina para los contenidos sintéticos de audio, imagen, vídeo o texto y otro visible para humanos en el caso de sistemas que interactúen directamente con personas físicas, como imágenes que incluyan deepfakes o textos publicados con propósito informativo de interés público”. Sin embargo, añade el abogado, la norma europea matiza que, si la intervención de la IA se limita a corregir o ampliar sin alterar el sentido, “no será necesario etiquetar ese contenido híbrido”.
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DISPOSICIONES DE LOS BB.OO.

BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA (BOC)
 
Extracto de la Orden IND/43/2025, de 8 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria en 2025 de subvenciones del programa experiencial de empleo y formación de carácter general. (Publicado el día 16/9/2025)
Situación web: Legislación Autonómica/Cantabria/Ayudas y subvenciones
 
BOLETÍN OFICIAL DE LA RIOJA (BOR)
 
Resolución 355/2025, de 12 de septiembre, de la Consejería de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se convocan las ayudas reguladas en la Orden EIE/44/2024, de 1 de julio, por la que se desarrollan las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la prevención de riesgos laborales conforme a la Ley31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. (Publicado el día 16/9/2025)
Situación web: Legislación Autonómica/La Rioja/Ayudas y subvenciones
 
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE PONTEVEDRA (BOP)
 
CONVENIO COLECTIVO PARA O PERSOAL LABORAL DAS EMPRESAS DO SECTOR DE MAIORISTAS DE FROITAS E PRODUCTOS HORTICOLAS, PARA OS ANOS 2023 A 2026. Código de Convenio número 36001835011992. (Publicado el día 16/9/2025)