Noticias Profesionales

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Fecha seleccionada = 07/07/2026

INFORMATIVO DIGITAL


Ratifican el despido de un camarero en Palma que criticó su sueldo y reveló en TikTok que el hotel vendía a cinco euros un café de 20 céntimos
El empleado se quejó públicamente de su bajo salario y de los altos márgenes de beneficio del hotel. La empresa le denuncia por perjuicio a su reputación, prestigio y credibilidad exterior
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha ratificado el despido disciplinario de un camarero de hotel por criticar a su empresa a través de un vídeo que publicó en TikTok durante su jornada laboral.Según ha informado el TSJIB en un comunicado, el empleado publicó una grabación en la que revelaba el sistema interno de cobro e identificaba a la empresa. En el vídeo, divulgó los márgenes de beneficio del café (señalando un coste de 0,20 euros frente a los 5 euros de venta) y se quejó públicamente de recibir un salario de 1.400 euros. El 14 de mayo de 2024, la mercantil le comunicó la extinción de la relación laboral.
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El Supremo valida la negociación de Endesa para alcanzar un nuevo acuerdo de teletrabajo y no ve presiones ilegales
El Sindicato Independiente de la Energía denunció el envío masivo de correos a la plantilla durante las conversaciones
El Tribunal Supremo ha validado la actuación del Grupo Endesa durante la negociación de su modelo de teletrabajo actual con los trabajadores. Según el sindicato demandante, el envío de correos masivos a la plantilla por parte de la empresa condicionó la posterior firma del acuerdo colectivo. Sin embargo, los magistrados entienden que esas comunicaciones no supusieron una injerencia antisindical ni una presión ilegítima, sino el ejercicio legítimo de información y posición negocial que asistía a la empresa.
Cinco Días, lee la noticia completa AQUÍ
 
La gran paradoja de la conciliación: el uso de guarderías se duplica entre los parados y se estanca entre los trabajadores al primar los criterios de renta
España se sitúa a la cola de la UE en el porcentaje de población con hijos que recurre a servicios de cuidados profesionales
España asiste desde hace dos décadas a la gran paradoja de la conciliación. Mientras el uso de guarderías se ha estancado entre los trabajadores, el recurso a las escuelas infantiles por parte de las familias en paro se ha duplicado. Así, la reciente expansión de las plazas públicas ha beneficiado especialmente a los hogares con padres y madres sin empleo, al primar los criterios de renta, consolidando las guarderías como un servicio de educación y socialización infantil más que como un instrumento para compatibilizar la vida laboral con la familiar.
Es uno de los principales resultados de un estudio de Funcas que analiza los datos más recientes del módulo de conciliación de la Encuesta de Población Activa (EPA), que ofrece una visión de cómo las familias adaptan su vida laboral a las responsabilidades familiares. Y lo más llamativo es la evolución del uso de servicios profesionales de cuidado y, concretamente, la diferente trayectoria que este indicador ha seguido en los últimos años entre el colectivo de ocupados y el de parados e inactivos.
El Mundo, lee la noticia completa AQUÍ
 
La justicia reconoce la pensión a una viuda casada en Marruecos pero no inscrita en España
Concluye que la prestación de viudedad "se reconoce en favor del cónyuge superviviente, no en favor del cónyuge superviviente que haya inscrito regularmente su matrimonio en el Registro Civil correspondiente".
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho a percibir la pensión de viudedad a una mujer que se casó en 1965 en Marruecos con un hombre que luego adquirió la nacionalidad española, pese a que nunca inscribieron el matrimonio en el Registro Civil de España.La sentencia revoca una resolución previa del Juzgado de lo Social número 28 de Barcelona que avalaba la tesis del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de considerar la inscripción en el Registro Civil como única prueba para garantizar la legalidad de un vínculo matrimonial oficiado en el extranjero.
El Mundo, lee la noticia completa AQUÍ
 
El TSJ de Madrid da por bueno el despido de un trabajador aunque en el escrito de la empresa no figurara la palabra indemnización
Que una empresa no diga «indemnización» no significa que no la esté eligiendo. Esa es, en esencia, la conclusión a la que ha llegado la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en una sentencia que resuelve un litigio aparentemente menor —193,12 euros de diferencia— pero que toca una cuestión de fondo con enorme recorrido práctico: ¿qué necesita decir una empresa, exactamente, para dejar claro que no quiere readmitir a un trabajador despedido de forma improcedente?
Confilegal, lee la noticia completa AQUí
 
 

DISPOSICIONS DELS BB.OO.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (BOE)
Orden TES/679/2026, de 29 de junio, por la que se modifica la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación. (Publicado el día 7/7/2026)
Situación web: Legislación Estatal/Laboral y SS/Formación
 
DIARI OFICIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA (DOGC)
Resolució EMT/2175/2026, de 22 de juny, per la qual es disposen la inscripció i la publicació de l'Acord parcial del Conveni col·lectiu de treball per al sector d'escoles d'educació especial (codi de conveni núm. 79000215011994). (Publicado el día 7/7/2026)
 
Resolució EMT/2232/2026, de 22 de maig, modificativa de la Resolució EMT/2904/2024, de 31 de juliol, per la qual s'obre la convocatòria de subvencions per a l'any 2024 en relació amb les actuacions del programa Treball i Formació per a joves tutelats i joves en situació d'alta vulnerabilitat (SOC-TRFO Joves Tutelats i alta vulnerabilitat) (ref. BDNS 779044). (Publicado el día 7/7/2026)
Situación web: Legislación Autonómica/Catalunya/Ayudas y subvenciones
 
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE TARRAGONA (BOP)
RESOLUCIÓ de 23 de juny de 2026, per la qual es disposa la inscripció i la publicació de l’Acord parcial de la mesa negociadora del Conveni col·lectiu de treball del sector de Prefabricats de Formigó i derivats del ciment de la província de Tarragona (codi de conveni núm. 43000185011993); referent a les taules salarials definitives corresponents a l’any 2025 del sector. (Publicado el día 7/7/2026)